¿Vives con tu pareja? Estos son los problemas legales que te puede ocasionar

Hoy en día es muy común vivir en pareja sin casarse o formalizar la unión. Sin embargo, comprarse una casa sin estar en una unión reconocida (matrimonio o pareja de hecho) puede traer más de una complicación legal. No estar formalizados puede tener graves consecuencias si la relación se rompe o uno de los dos fallece.

En 2019, en España había cerca de 11 millones de parejas, según el Instituto Nacional de Estadística. Sin embargo, en esa cifra solo se cuentan los matrimonios y las parejas de hecho formalizadas. Pero existe una forma más de convivir con otra persona sin necesidad de casarse o registrarse: la unión sin formalizar.

Es frecuente que dos personas decidan comprarse una casa o tener hijos sin haberse casado. Es una opción más, aunque puede traer más de un problema legal en algunas circunstancias. En este artículo te contamos qué aspectos pueden suponerte un quebradero de cabeza si se quiere vivir en pareja sin casarse o sin hacerse pareja de hecho.

En muchos aspectos, no hay grandes diferencias. No obstante, sí que influye si decidimos comprarnos una casa o tener hijos. Si, por desgracia, uno de los miembros muere o la unión se rompe, pueden ocurrir algunos problemas legales que se evitan con el matrimonio.

Hay cinco materias en las que influirá la situación legal de las personas que vivan juntas: vivienda, fiscalidad, seguros de vida, derechos e hijos.

Vivienda

Comprarse una vivienda es una de las decisiones más importantes para una pareja. Pero es aún más importante en el caso de que no quieran casarse ni hacerse pareja de hecho. ¿Qué ocurre si uno de los dos titulares de la vivienda fallece? ¿Y si tenían hijos? ¿Quién puede vivir en la casa si se separan?

Si fallece uno de los cotitulares de la vivienda sin testamento

Imaginemos que dos personas deciden vivir en pareja sin casarse y compran una casa juntas. ¿Qué ocurriría con la vivienda si uno de los propietarios fallece y no deja testamento?

Cuando alguien fallece, sus herederos reciben no solo sus bienes, sino también sus deudas. Por eso, si una persona tiene una hipoteca (es decir, una deuda), esta pasará a sus herederos, igual que la vivienda (un bien).

Si una persona fallece sin dejar testamento, las deudas y los bienes del difunto pasan a sus herederos forzosos. Estos son, por este orden, los hijos (o nietos), los padres, el cónyuge y los hermanos. Si una persona no tiene ninguno de estos parientes, sus bienes y deudas pasarán al Estado o, en algunos casos, a la comunidad autónoma.

En este punto, encontramos el primer problema si se quiere vivir en pareja sin casarse: el miembro que sobrevive no se considera un heredero legítimo. Por lo tanto, si no hay testamento, la pareja no tendrá derecho a heredar la parte de la vivienda que pertenecía al fallecido.

La importancia del testamento

«Si la intención de ese conviviente es la de que su pareja tenga derechos hereditarios, deberá hacerlo constar expresamente en su testamento, debiendo en todo caso respetarse las legítimas y a los herederos forzosos», explica José Gabriel Ortolá, abogado de familia en Ortolá-Dinnbier Abogados de familia. En otras palabras, será obligatorio hacer testamento para que el miembro que sobrevive pueda heredar, y siempre después de que los herederos forzosos (los hijos, padres y hermanos) hayan recibido la parte que les corresponde por ley.

Esto implica que la pareja recibirá la parte restante de la herencia, pero esta puede ser inferior a la que le correspondería como cónyuge viudo, que sí es heredero forzoso. Además, es posible que la parte que le quede sea más pequeña que la vivienda y, por tanto, no pueda quedarse con ella. En el reparto del testamento, la vivienda puede quedar en manos de los herederos forzosos, ya sean los hijos, los padres o los hermanos.

Si la hipoteca está a nombre de los dos miembros, quien sobreviva tendrá que seguir asumiendo su parte. Quien herede la deuda del fallecido tendrá que hacerse cargo de su mitad.

Si la relación se rompe, ¿quién puede quedarse en la vivienda?

Según explica Ortolá, cuando una relación se rompe, igual que en un matrimonio, se plantea el problema de quién mantiene el uso de la vivienda. En esta situación, dependerá mucho de si hay hijos menores o no. Si es así, los criterios legales que se aplicarán serán los mismos que en un matrimonio. «A falta de acuerdo entre ellos, se le atribuye el uso de la vivienda al progenitor a quien el juez confiera la custodia de los hijos menores», explica el abogado de familia. En este caso, es indiferente quién sea el titular de la vivienda o quién firmase la hipoteca.

Sin embargo, no es tan fácil cuando no hay hijos o estos son mayores de edad:

  1. Si solo uno de los miembros es titular de la vivienda. Aquí, la persona que no sea titular no tendrá derecho a disfrutar de la casa.
  2. Si ambos miembros son titulares. La única solución consiste en pactar quién disfrutará de la vivienda hasta que se pueda vender o hasta que uno compre la parte del otro. «Si no lo pactasen, el juez podría dirimir la cuestión confiriendo la administración y uso del bien por periodos hasta que se procediera a la extinción de esa situación de titularidad conjunta (en venta o en adjudicación a uno de los copropietarios)», explica Ortolá.

Fiscalidad

Los impuestos es uno de los temas en los que más diferencias hay para los matrimonios, las parejas de hecho y las parejas sin formalizar. Si alguien decide vivir en pareja sin casarse, es importante que conozca las consecuencias tributarias.

Declaración de la renta

Una pareja que no esté registrada no puede hacer declaración conjunta. Uno de sus miembros sí podrá hacerla con los hijos, pero no podrán hacerla los dos miembros de la pareja.

Impuesto de sucesiones y donaciones

Como ya hemos comentado, solo los cónyuges (y las parejas de hecho en algunas comunidades autónomas) son herederos forzosos. A efectos fiscales, una pareja sin formalizar no consta como familia, por lo que no pueden disfrutar de muchas bonificaciones.

Cuando una persona recibe una herencia o una donación, tiene que asumir el impuesto de sucesiones y donaciones. Por ejemplo, imaginemos que uno de los dos fallece. La persona que hereda tendrá que pagar esa tasa, que se calcula según tres factores: la cantidad de dinero heredada, el grado de parentesco con el difunto y la comunidad autónoma donde residía el fallecido. La gran diferencia entre matrimonios y parejas no formalizadas estará en el parentesco que se reconocerá entre el heredero y el difunto.

Los grados de parentesco en España están regulados por la Ley 29/1987, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Son los siguientes:

  • Grupo I: descendientes y adoptados menores de 21 años.
  • Grupo II: descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
  • Grupo III: colaterales de segundo grado (hermanos) y tercer grado (sobrinos y tíos), ascendientes y descendientes por afinidad.
  • Grupo IV: colaterales de cuarto grado (primos), grados más distantes y extraños.

Los familiares hasta grado II tienen grandes ventajas. Por ejemplo, hay comunidades en las que estos familiares están exentos del 99 % del impuesto de sucesiones. Es decir, un cónyuge viudo podrá ahorrarse mucho dinero cuando reciba la herencia. Sin embargo, si una pareja no estaba casada ni reconocida, el miembro que sobreviva se considerará persona del grupo IV (extraña) y no podrá acogerse a esa bonificación.

Seguros de vida

Cerca de 15 millones de españoles tiene contratado un seguro de vida riesgo, según los datos de la patronal aseguradora, Unespa. Estas pólizas se encargan de indemnizar a la persona que quieras si falleces o tienes que pedir la invalidez. Y si decides no casarte, debes tener cuidado al contratarlas si quieres que el dinero vaya para tu pareja. Estos son los tres problemas legales que puedes tener. Para evitarlos, lo mejor es contar con asesoramiento especializado:

1. La pareja queda fuera de la indemnización porque no se ha especificado el beneficiario en la póliza

No hace falta designar beneficiario en una póliza, pero es lo más recomendable. A veces, se recurre a fórmulas genéricas que pueden traer algún problema, como poner que los beneficiarios serán los «herederos legales». Siempre hay que evitar este tipo de fórmulas, pero más aún si no estamos casados y queremos que nuestra pareja reciba la indemnización.

Entendemos por herederos legales aquellos que se designen en el testamento. Si no hay testamento, serán los herederos forzosos que comentamos anteriormente: hijos, padres, cónyuge y hermanos, en ese orden. Así pues, si no estaban casados, el miembro que sobrevive no entrará dentro de los herederos legales.

Si fallece uno de los miembros de la pareja y quiere que el seguro indemnice al otro, debe concretarlo en la póliza, con nombre y apellidos. Si se recurre a fórmulas genéricas, es posible que nuestra pareja quede fuera de la indemnización.

2. La pareja tendrá que pagar más por el impuesto de sucesiones

Los seguros de vida se suman a la herencia total que deja el difunto. Así pues, a la hora de recibir la herencia, nuestra pareja tendrá que asumir un impuesto más alto por ser familiar de grado IV en lugar de grado II (cónyuge).

3. No puede contratarse la cláusula de doble capital en caso de fallecimiento de ambos cónyuges

Algunas pólizas permiten contratar esta cláusula adicional. En caso de que los dos miembros de la pareja fallezcan en un accidente, el seguro de vida pagaría el doble de dinero a los beneficiarios. Es una opción interesante para familias con hijos y que viajen mucho en coche, por ejemplo.

No obstante, como su propio nombre indica, cubre la muerte de ambos cónyuges. Si dos personas viven en pareja sin casarse, a efectos legales no son cónyuges.

Cómo evitar estos problemas

En primer lugar, es muy importante especificar en la póliza quién quieres que sea tu beneficiario. Si quieres que tu pareja reciba la indemnización si te ocurre algo, especifícalo en el contrato. Así, no habrá ningún problema a la hora de cobrar el dinero. Eso sí, ten en cuenta que tendrá que pagar más impuestos que si fuese tu cónyuge legalmente.

En segundo lugar, no hay que olvidar que los seguros de vida son individuales: protegen solo a una persona. Si fallece el miembro de la pareja que no tenía seguro, el otro no tendrá derecho a recibir nada (independientemente de que fueran matrimonio o no). Por eso, es recomendable contar con dos pólizas distintas: una para cada uno. De esta manera, ocurra lo que ocurra, el patrimonio familiar estará protegido. Igualmente, con esta opción ya no necesitas la cláusula en caso de fallecimiento de ambos cónyuges: cada seguro se haría cargo de su asegurado.

Derechos

Por último, hay que considerar que los cónyuges o parejas de hecho reconocidos disfrutan de ciertos derechos. Si se decide vivir en pareja sin casarse, no se podrá disponer de ellos. Estos son algunos ejemplos que destaca José Gabriel Ortolá:

— Adopción: solo los cónyuges y parejas de hecho formalizadas pueden acceder a la adopción.

Derechos laborales: las uniones no reconocidas no pueden disponer de los permisos laborales que involucran al otro miembro. Nos referimos, por ejemplo, a los días libres por enfermedad grave o por fallecimiento de un familiar.

— Arrendamientos: si fallece un miembro del matrimonio o pareja formalizada, el que sobrevive tiene derecho a quedarse con el arrendamiento.

— Asistencia sanitaria: la ley reconoce que la salud pública asiste tanto al cónyuge como a la pareja de hecho formalizada del asegurado.

— Pensiones: el sistema público de pensiones reconoce esta prestación a la pareja del fallecido (solo para matrimonio o pareja de hecho formalizada).

— Becas y ayudas: el sistema público permite que matrimonios y parejas de hecho formalizadas tengan acceso a este tipo de subsidios.

Hijos

Según explica Ortolá, no hay diferencia legal entre hijos matrimoniales y no matrimoniales. La única diferencia estará en el procedimiento judicial que regula las medidas que les afectarán en caso de divorcio o separación. En el caso de las personas no casadas y con hijos, la separación se resuelve con un procedimiento específico, pero «su tramitación es la misma», explica el abogado, y añade: «Los criterios para atribuir la aguarda y custodia de los hijos son idénticos».

¿Vivir en pareja sin casarse o formalizarlo?

Como ves, la unión legal entre dos personas puede quitarte más de un quebradero de cabeza. Por supuesto, vivir en pareja sin casarse es una opción válida, pero es importante conocer sus consecuencias. Si quieres mantener tu situación sin formalizar, pide ayuda a los profesionales antes de iniciar cualquier trámite, como contratar un seguro de vida o firmar una hipoteca. Así, evitarás enfrentarte a alguno de estos problemas o, al menos, reducir al mínimo su impacto.

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6 comentarios

  1. hola buenos días,soy Simón, 54 años de edad, tengo dudas sobre el siguiente tema: llevo viviendo 16 años en mi piso que compré y estoy todavía pagando mi hipoteca, y Nuria de 48 años es mi pareja desde hace 16 años, ella está solo separada ,tiene una hija de 30 años su hija esta casada felizmente y tiene una hija .
    mi duda y pregunta es la siguiente: si yo decido algún día dejarlo con ella ,¿ella puede negarse a irse de mi piso? ¿ o pedirme algún derecho económico? ella solo esta separada.
    saludos y gracias por vuestra ayuda.

  2. Buenas me gustaría saber, estoy en una relación de pareja unos7 años y un hijo en común. La relación está acabada hace tiempo y yo quiero volver a mi ciudad natal. Al no haber formalizado la relación de ninguna manera , con que problemas me puedo encontrar? Gracias.

  3. Estoy de alquiler con mi pareja el contrato esta a su nombre yo estoy empadronado en ese domicilio que derechos tengo? Me puede echar del piso

  4. soy heredero legitimo y la pareja no registrada del fallecido, mi tío ,se ha llevado la caja de caudales donde esta todo los ahorros varios cientos de miles de E. y solo ha estado conviviendo con el 3 años sin registrarse, mi tio no ha querido ponerla de heredera, ella dice que de palabra le dijo que cogiera el dinero. sabemos las propiedades que ha vendido en los ultimo años y ahorradas en la caja fuerte pero en el banco lo saco casi todo. aunque mi tío, me enseño el dinero y yo lo llevaba al hospital y también me decía que se lo dejaría a mi familia y así figura en el testamento.
    Que garantías tengo de recuperar el dinero? , iré a poner la denuncia al juzgado. Pues en llamadas telefónicas la pareja, reconoce los hechos pero me discute la cantidad que había, se podrán recuperar las llamadas?

    gracias

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