Pareja de hecho y con hipoteca: cuidado al elegir un seguro de vida

Las parejas de hecho son cada vez más comunes en España. Lo más normal es que se equiparen a los matrimonios tradicionales, aunque todo depende de la comunidad autónoma. Si eres pareja de hecho y quieres hacerte un seguro de vida, debes asegurarte de que tu póliza se ajuste bien a tu situación. De lo contrario, podrías pagar muchos más impuestos en caso de tener que cobrar el seguro.

Más de un 15 % de las parejas en España son ya parejas de hecho, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Son un tipo de familia que ha ido aumentando en los últimos años y que puede generar dudas, ya que se trata de una figura que cambia en cada comunidad autónoma.

Ser pareja de hecho o matrimonio puede suponer diferencias en materia fiscal. Por eso, a la hora de firmar cualquier contrato habrá que tener en cuenta la situación legal. Si eres pareja de hecho, compartes una hipoteca y quieres un seguro de vida, debes vigilar que la póliza se ajuste bien.

Por norma general, existe equiparación entre cónyuge y pareja de hecho en materia tributaria. Es decir, se considera que la pareja de hecho es como un cónyuge. No obstante, todo depende de la legislación de cada comunidad autónoma.

Las familias con seguro de vida que también tengan hipoteca pueden elegir dos opciones. La primera es que el seguro de vida pague la hipoteca al banco en caso de fallecimiento (son las pólizas conocidas como «seguro de vida hipoteca»). La segunda es que el dinero de la indemnización vaya a un beneficiario (el otro miembro de la pareja, los hijos, los padres…). Según el tipo de póliza, el pago de impuestos será distinto.

1. Seguro de vida hipoteca

Son aquellos que se contratan para que, en caso de invalidez o fallecimiento, se pague automáticamente parte o toda la deuda. Es decir, los hipotecados no llegan a cobrar el seguro de vida: el dinero se lo queda el banco, que es el beneficiario.

Si estas pólizas pagan la deuda a la entidad, se entiende que hay una ganancia patrimonial de los hipotecados, según explica Nuria Diez, abogada especializada en materia tributaria de Legálitas. Al eliminarse una deuda (la hipoteca), el patrimonio se incrementa, por lo que tendría que pagarse el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por ese dinero.

Así pues, si una de estas pólizas salda la hipoteca de una pareja de hecho tras morir uno de sus miembros, la persona que sobrevive tendrá que pagar el IRPF. En cambio, no se computa como ganancia patrimonial para el fallecido.

Cómo se calcula el IRPF

El IRPF sirve para gravar los ingresos que recibe una persona: su salario, sus inversiones… Es un impuesto progresivo que se calcula en función de unos tramos de ingresos; a cada tramo se aplica un porcentaje diferente. Dicho porcentaje se compone de un dato estatal y otro autonómico, por lo que no es igual en todas las regiones.

Los seguros de vida hipoteca se computan dentro de la base imponible general. Salvo algunas variaciones regionales, estos son los tramos que se aplicarían:

  • De 0 a 12.450 euros: 19 %
  • De 12.450,01 euros a 20.200 euros: 24 %
  • De 20.200,01 euros a 35.200 euros: 30 %
  • De 35.200,01 euros a 60.000 euros: 37 %
  • A partir de 60.000,01 euros: 45 %

2. Si la indemnización la recibe otra persona

En caso de que alguien reciba el dinero de un seguro de vida, tendrá que pagar el impuesto de sucesiones (IS). Hay tres variables que influyen en el cálculo de esta tasa: la cantidad de dinero heredada, el grado de parentesco con el difunto y la comunidad autónoma donde residía el fallecido (no el beneficiario).

Así se clasifican los grados de parentesco en España, según la Ley 29/1987, del Impuesto de Sucesiones y Donaciones:

  • Grupo I: descendientes y adoptados menores de 21 años.
  • Grupo II: descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuges (y parejas de hecho, según la comunidad), ascendientes y adoptantes.
  • Grupo III: colaterales de segundo grado (hermanos) y tercer grado (sobrinos y tíos), ascendientes y descendientes por afinidad.
  • Grupo IV: colaterales de cuarto grado (primos), grados más distantes y extraños.

Los seguros de vida se suman a la herencia que deja el difunto a sus familiares. El dinero total que se hereda se denomina «base imponible» y, cuanto más sea, más impuestos se pagan.

Pareja de hecho: grado II o grado IV

Es muy importante saber que los familiares más cercanos tienen ventajas fiscales. Por ejemplo, en algunos casos se reduce la base imponible. Es decir, se cuenta como si se heredara menos dinero para que se pague menos. Por ejemplo, cuando se recibe un seguro de vida, se restan automáticamente 9195,45 euros para familiares de los grupos I y II. Cada comunidad tiene sus propias particularidades que es muy importante conocer.

Tras aplicar estas reducciones, se calcula el impuesto en función de la base imponible que queda (entre un 7,65 % y un 34 %, depende de la comunidad y del dinero). A la cifra que dé, hay que aplicarle el coeficiente multiplicador. Es un dato que varía según el grado de parentesco, la comunidad autónoma y el patrimonio preexistente del heredero. Por ejemplo, si hay que pagar 3000 euros de impuesto y el coeficiente multiplicador es de 1,05, la cifra final será de 3105 euros.

No obstante, tras hacer todos estos cálculos, hay comunidades autónomas que tienen grandes bonificaciones. En muchos casos (Andalucía, Extremadura, Madrid…), los familiares de grados I y II están exentos del 99 % del impuesto. Es decir, solo pagarán el 1 % de la cifra anterior.

Por este motivo, es importante conocer la legislación de la región del asegurado. La comunidad determinará si la pareja de hecho se equipara a un cónyuge (grado II, con grandes bonificaciones) o a una persona extraña (grado IV, que asumirá el impuesto íntegro).

Un seguro de vida con todas las garantías

La fiscalidad es uno de los aspectos más complejos de los seguros, pero puede suponer una gran diferencia en cuanto al dinero que reciba el beneficiario. Hacienda puede quedarse con un pequeño porcentaje o reclamar una porción mucho mayor en función de diversos factores.

Las parejas de hecho deben saber si su comunidad autónoma las equipara con los matrimonios para estar seguras de que no pagarán más impuestos. Igualmente, el tipo de póliza elegido también determina qué tasas se deben pagar (IRPF o IS). Por ambos motivos, es esencial contar con asesoramiento apropiado que ayude a escoger la mejor póliza para cada pareja. De lo contrario, pagarías para recibir un capital que, tras el pago de impuestos, sería mucho menor de lo esperado.

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