¿Quiénes intervienen en un seguro de vida?

Intervienen seguro de vida

Ya has decidido da el paso y contratar tu primera póliza de vida, un apoyo económico en caso de que te ocurra algo y que te aporta tranquilidad. Pero antes de firmar el contrato con la aseguradora, es interesante que conozcas quiénes intervienen en un seguro de vida a la hora de formalizarlo. Tampoco está de más familiarizarnos con algunos términos importantes, que te ayudarán a entender a qué os comprometéis la aseguradora y tú.

Entidad aseguradora

Se trata de la persona jurídica que está autorizada para operar en seguros. En definitiva, es el nombre jurídico de la compañía que te vende el seguro.  Puede ser una sociedad anónima, una mutualidad de seguros, una mutua de previsión social…  Es esta entidad con la que se contrata la póliza, asume el riesgo y paga la prestación, de acuerdo con los términos establecidos en el seguro.

Tomador del seguro

Es la persona física o jurídica que contrata el seguro con la entidad aseguradora y paga las primas. Es decir, es la persona o empresa que firma el contrato y tiene derecho a nombrar al beneficiario.

Además, puede hacer el contrato sobre su propia vida o la de un tercero en caso de fallecimiento o de supervivencia. Se habla, por ejemplo,  de aquellos casos en que el asegurado no puede seguir desempeñando su trabajo y tienen contratadas coberturas extras por invalidez  o por enfermedad grave, por ejemplo.

Lo habitual es que el tomador sea el asegurado, sobre todo cuando se es madre o padre, y lo que se busca es proteger a la familia económicamente en caso de fallecer. Pero también se puede contratar el seguro para varios asegurados y no dejar desprotegidos a nuestros hijos en caso de fallecer ambos progenitores a la vez.

Asegurado

Se refiere a la persona física sobre cuya vida se establece el seguro. El tomador y el asegurado pueden ser la misma persona y habitualmente lo son. De hecho, cuando el tomador del seguro es distinto al asegurado, es necesario el consentimiento de este por escrito. Si el asegurado es menor de edad, será necesaria la autorización por escrito de sus representantes legales.

Beneficiario

Hablamos de la persona o personas designadas por el tomador para cobrar la prestación garantizada por el seguro. El tomador del seguro podrá designar uno o más beneficiarios, no designar ninguno o modificar su designación durante la duración de la póliza.

 

Aclarados los términos de quienes intervienen en un seguro de vida, va siendo hora de utilizar este comparador de seguros online para familiarizarte, de manera totalmente gratuita, con los tipos de seguros de vida de las compañías más importantes de España y con las coberturas que se pueden contratar. Así podrás elegir y contratar fácilmente el producto más adecuado para ti. También puedes ponerte en contacto con un experto en este tipo de pólizas, en los teléfonos 91 218 21 86 – 932 990 416  y pedirle que te diseñe, sin coste alguno, un seguro a tu medida.

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