¿En qué casos se cobra el seguro de vida?

¿Sabes cuándo se cobra el seguro de vida? Aunque hay pólizas que solo pagan si al asegurado le ocurre algo y fallece, se pueden contratar otras coberturas para que también se reciba la indemnización en otros casos: por ejemplo, si te diagnostican una enfermedad grave o tienes que pedir la incapacidad.

1. Si falleces

Su propio nombre lo dice: seguro de vida. La función principal de estos productos es precisamente actuar en caso de que algo nos ocurra y fallezcamos. Su objetivo es que, si eso llegara a pasar, nuestros familiares o amigos reciban una gran cantidad de dinero que nosotros previamente hayamos contratado con una empresa. Así, les ayudaremos a pagar las facturas y a seguir con sus planes de futuro, aunque nosotros ya no estemos ahí.

Se cubre el fallecimiento por cualquier causa: accidentes, enfermedades… Pero ¿en qué otros casos se cobra el seguro de vida? Puedes elegir la póliza tradicional, que es la que indemniza a tus beneficiarios solo si tú falleces, o añadirle otras coberturas adicionales para que pague también en otras circunstancias.

2. Si tienes que pedir la incapacidad

Las pólizas tradicionales indemnizan al beneficiario (que puede ser tu pareja, tus hijos, un amigo…) si a ti, el asegurado, te ocurre algo y falleces. Pero también existe la cobertura de la invalidez, por la que tú mismo recibes el dinero en caso de que tengas que pedir la incapacidad permanente.

¿Qué es la incapacidad permanente?

Un accidente en el trabajo o una enfermedad crónica pueden hacer que una persona esté de baja durante mucho tiempo. ¿Qué ocurre si ese accidente o esa enfermedad no nos permiten volver al trabajo después de la baja? ¿Y si ya no podemos trabajar como antes?

Según la Seguridad Social, un trabajador sufre una incapacidad permanente cuando ha tenido que seguir un tratamiento médico por algún motivo y, una vez que le han dado el alta, le han quedado “reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral”. Es una situación por la que un trabajador tiene que dejar de trabajar o cambiar de trabajo porque un accidente o enfermedad le ha dejado secuelas graves.

Tipos de incapacidad permanente

Hay distintos niveles: incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran invalidez. En los casos de incapacidad parcial, el rendimiento del afectado se reduce en menos de un 33 %, por lo que puede seguir trabajando. En la total, en cambio, ya no puede ejercer su profesión habitual y tiene que cambiar de trabajo. Es lo que se conoce como incapacidad profesional, aquella que inhabilita a una persona a seguir con su carrera habitual, aunque pueda dedicarse a otra cosa. La cobertura de incapacidad profesional es otra opción interesante para añadir al seguro de vida. Está pensada para un médico que ya no pueda volvera a operar, por ejemplo, o un taxista que ya no pueda conducir.

Por último, los casos más graves son la incapacidad absoluta (el afectado ya no puede trabajar), y la gran invalidez (no puede trabajar y además necesita la ayuda de otra persona para sus tareas diarias).

Las personas een cualquier situación de incapacidad permanente reciben una pensión pública que no suele ser suficiente para compensar la pérdida del salario. Por ejemplo, los autónomos con incapacidad permanente no alcanzan los 800 euros de pensión de media. Y los casos menos graves (parcial y profesional) reciben menos dinero. Para compensar la caída de ingresos, el seguro de vida paga al afectado para que pueda complementar esa pequeña paga y alcanzar unos ingresos dignos.

3. Si te diagnostican una enfermedad grave

Otra cobertura que puedes añadir a un seguro de vida es la de enfermedades graves. Un ejemplo de ellas, y por desgracia muy habitual, es el cáncer. Cada año se diagnostican unos 275.000 nuevos casos de esta enfermedad solo en España. Y cada hogar que la sufre tiene que asumir unos gastos que rondan los 40.000 euros. A veces un familiar tiene que dejar de trabajar para cuidar al enfermo, hay que desplazarse al hospital para los tratamientos, adaptar el estilo de vida… y todo eso tiene un coste.

La cobertura de enfermedades graves hace que, si te diagnostican alguna dolencia grave (cáncer, esclerosis múltiple, una cardiopatía…) tú mismo recibas la indemnización para ayudarte con los gastos.

Capitales dobles y triples

Ya hemos visto en qué casos se cobra el seguro de vida según las coberturas que le añadas. Pero, además, hay otras opciones adicionales por las que, en determinadas circunstancias, la indemnización puede duplicarse o triplicarse.

Existe una cobertura que se llama doble capital en caso de accidente. Si el fallecimiento se produce por un accidente, el dinero que reciben los beneficiarios será el doble de lo que hubiera contratado el asegurado. Imagina que has hecho una póliza de 150.000 euros con esta cobertura adicional. Si fallecieras por un accidente, tu familia recibiría 300.000 euros. Es una opción muy interesante para quienes tengan trabajos con cierto riesgo.

También existe la opción del triple capital por accidente de circulación. Como te imaginarás, triplica el dinero de la indemnización si el fallecimiento ocurre en la carretera. Es, por tanto, una opción muy recomendable para quienes tienen que usar el coche todos los días.

Elige las coberturas adecuadas para ti

Como ves, hay muchos casos en los que se cobra el seguro de vida porque puedes adaptarlo a lo que tú necesites. Si vives solo, por ejemplo, te será muy útil tener la cobertura de invalidez. O, si tienes antecedentes familiares de alguna enfermedad grave, quizá la opción adecuada sea añadir esa cobertura. O incluso puedes contratarlas todas y saber que, ocurra lo que ocurra, el futuro económico de tu hogar está garantizado.

Echa un vistazo a nuestro comparador y sal de dudas. Podrás ver los precios que te ofrecen las principales empresas del mercado y comparar entre ellas. Puedes añadir las coberturas que quieras, modificar el capital o el dinero que te quieres gastar, y adaptar las características a lo que necesites. Si tienes alguna pregunta, siempre puedes contactar con nuestros asesores para que te ayuden. Proteger tu futuro y el de los tuyos te llevará solo un minuto. ¡No lo dejes para mañana!

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